En algunas circunstancias, usted puede ser responsable de la deuda de la tarjeta de crédito de su cónyuge. El hecho de que usted pueda ser responsable de esta deuda depende de:

  • dónde vivan
  • si se trata de una tarjeta de crédito conjunta
  • si usted es cosignatario, y
  • si la deuda le fue asignada en un proceso de divorcio.

Su responsabilidad en los estados de derecho consuetudinario

La mayoría de los estados -llamados estados de derecho consuetudinario- utilizan las reglas del derecho consuetudinario para determinar quién es responsable de una determinada deuda en un matrimonio.

Tarjetas de crédito que están sólo a su nombre

En los estados de derecho consuetudinario, usted suele ser responsable de la deuda de la tarjeta de crédito sólo si la obligación está a su nombre. Por lo tanto, si la tarjeta de crédito está sólo a nombre de su cónyuge, usted no suele ser responsable de esa deuda. Pero tenga en cuenta que si usted tiene activos de propiedad conjunta, entonces la compañía de tarjetas de crédito todavía puede ir después de los intereses de su cónyuge en esa propiedad.

Tarjetas de crédito que están en ambos nombres de los cónyuges

Si la deuda es de una tarjeta de crédito conjunta en ambos nombres, entonces usted y su cónyuge son igualmente responsables de ella.

Cofirmantes de la tarjeta de crédito

También, si usted es cofirmante de la tarjeta de crédito de su cónyuge, aunque no sea una cuenta conjunta, usted sigue siendo responsable.

Reglas adicionales para los estados de bienes gananciales

Ciertos estados -llamados estados de bienes gananciales- siguen las reglas de los bienes gananciales en lugar del derecho común a la hora de determinar qué cónyuge es responsable de una deuda concreta. En los estados de bienes gananciales, al igual que en los estados de derecho consuetudinario, usted es responsable de todas las deudas que estén a su nombre o que usted firme conjuntamente.

Deudas de la comunidad: Ambos cónyuges son igualmente responsables

Pero además, las deudas contraídas por usted o por su cónyuge durante su matrimonio, independientemente de a nombre de quién estén, se consideran generalmente deudas comunitarias, y ambos cónyuges son considerados igualmente responsables. Por lo tanto, aunque la deuda de la tarjeta de crédito haya sido contraída sólo por su cónyuge, usted podría ser responsable de ella. Sin embargo, tenga en cuenta que las deudas contraídas por su cónyuge antes del matrimonio o después de la separación o el divorcio no son deudas de la comunidad.

¿Qué es una deuda de la comunidad?

Cada estado sopesa diferentes factores y podría tener reglas adicionales con respecto a cuando una obligación se considera una deuda de la comunidad. Por lo general, si la deuda se incurrió en algo que benefició a su matrimonio, es probable que se considere una deuda de la comunidad. Pero si fue una compra que sólo benefició a su cónyuge, hay una mayor probabilidad de que no se considere una deuda de la comunidad.

Su responsabilidad por la deuda de la tarjeta de crédito asignada a usted en un procedimiento de divorcio

Incluso si usted no era de otra manera responsable de una deuda de tarjeta de crédito, un juez puede asignar la obligación a usted en un procedimiento de divorcio. Si se le asigna una deuda de tarjeta de crédito en un divorcio, eso no significa que usted sea contractualmente responsable de ella ante la compañía de la tarjeta de crédito porque un juez de familia no puede cambiar los términos del contrato inicial de la tarjeta de crédito. Pero si usted no paga la deuda y la compañía de la tarjeta de crédito va detrás de su ex-cónyuge, entonces su ex-cónyuge puede demandarle por violar la sentencia de divorcio y solicitar el reembolso de los daños sufridos.