La justicia restaurativa es un movimiento de justicia social que pretende hacer frente a las consecuencias de la delincuencia mediante la reparación y el restablecimiento de las relaciones de tres partes interesadas clave: las víctimas, los delincuentes y las comunidades. Un análisis de la relación entre la teoría de la justicia restaurativa y los principios de rehabilitación de los delincuentes reveló tensiones entre el Modelo de Respuesta al Riesgo-Necesidad (RNR) y el Modelo de las Buenas Vidas (GLM), los dos marcos normativos. Los resultados expusieron una falta de apreciación de que los programas de tratamiento correccional tienen un papel legítimo junto a las prácticas restaurativas. Los modelos de justicia restaurativa y de rehabilitación son marcos normativos distintos, aunque se superponen, y tienen diferentes ámbitos de aplicación en el sistema de justicia penal; es un error intentar mezclarlos en un sentido sólido. La principal diferencia es que los valores centrales que sustentan las prácticas de justicia restaurativa son de naturaleza ética, mientras que los enfoques de rehabilitación se basan fundamentalmente en valores prudenciales. El concepto clave de la rehabilitación es el restablecimiento de las relaciones entre las partes interesadas afectadas por el delito y el restablecimiento del funcionamiento de los delincuentes dentro de la comunidad mediante la adquisición de capacidades. Referencias