LOS ÁNGELES (CN) – Un juez federal de California golpeó a la hija de la leyenda del cómic Stan Lee con una sanción de un millón de dólares después de encontrar que presentó una demanda frívola de propiedad intelectual en relación con cuestiones que se han resuelto hace tiempo.
Lee, que falleció en noviembre de 2018 a los 95 años, es responsable de muchos de los superhéroes más populares de Marvel Comics, como Spider-Man, Los Cuatro Fantásticos y Pantera Negra.¡
Después de que Marvel despidiera a Lee durante su bancarrota en 1998, formó Stan Lee Entertainment y contrató a Gill Champion y Arthur Lieberman para que le ayudaran a dirigir la empresa.
En su demanda, presentada en el Distrito Central de California, Joan Celia Lee dijo que la empresa de Champion y Lieberman, POW! Entertainment -que comercializaba las obras de su padre- se apropió indebidamente de la imagen de Stan Lee y lo engañó haciéndole creer que era dueño de su nombre y de sus derechos de imagen.
La empresa pretendía «saquear los activos» de Lee diseñando a propósito el colapso de Stan Lee Entertainment y enredando a la leyenda del cómic en un contrato desigual de 1998 que transfería los derechos de propiedad intelectual a su sucesora SLM, abreviatura de Stan Lee Media Inc, ¡según la demanda.
El conflicto en el centro de la demanda se ha litigado al menos en otras cinco ocasiones, pero Joan Celia Lee dijo en su demanda que estaba legitimada para presentar sus reclamaciones, ya que no era parte en esos asuntos.
Lee solicitó medidas declaratorias y cautelares para aclarar la titularidad de la propiedad intelectual, el nombre y los derechos de imagen de su padre en virtud del acuerdo de 1998.
Los abogados de POW! Entertainment pidieron que se desestimara la demanda, alegando que las reclamaciones de Joan Lee eran frívolas y se habían presentado por motivos indebidos.
En su sentencia de 20 páginas del jueves, el juez de distrito de EE.UU. Otis Wright II escribió que el acuerdo de 1998 muestra claramente que Stan Lee cedió sus derechos de propiedad intelectual a SLMI para facilitar la compensación por su trabajo.
Wright consideró que las reclamaciones de Joan Lee son «infundadas» y prescritas porque ya han sido adjudicadas.
«Además, la obligación contractual de la cesión de derechos está determinada por el acuerdo de 1998, que ha permanecido inalterado desde 1998», señala la sentencia. «Dado que los tribunales federales de todo el país han abordado esta misma cuestión durante más de una década, la cosa juzgada impide esta acción».
El fallo de Wright dice que Joan Lee ha dado un carácter sensacionalista a las reclamaciones en los medios de comunicación y que sus abogados han presentado la demanda de forma inadecuada.
«El tribunal considera completamente irrazonable presentar una demanda basada en una cuestión debatida y analizada en más de cinco tribunales federales de distrito a lo largo de la última década», sentencia Wright. «La presentación de una demanda de este tipo sólo podría haberse realizado sin una investigación competente y razonable».
Los abogados de Joan Lee son responsables de 250.000 dólares del importe de la sanción, según la sentencia.
En un correo electrónico, el abogado Jonathan Freund dijo que apelarán al Noveno Circuito.
«No hace falta decir que la Sra. Lee está extremadamente decepcionada con el fallo del tribunal y cree que el tribunal cometió una serie de errores de procedimiento y de fondo, que llevará al Noveno Circuito para su revisión. Ella cree firmemente que esta decisión errónea no resistirá el escrutinio de la apelación y será revocada», escribió Freund.
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