artículo aparecido originalmente en filipinoweb.com

La Embajada de Estados Unidos en Manila, Filipinas, afirma que los requisitos para casarse en Filipinas, si se es ciudadano estadounidense. UU, son los siguientes:

Declaración jurada de capacidad legal para contraer matrimonio

La legislación filipina exige que un ciudadano o súbdito de un país extranjero obtenga un certificado de capacidad legal para contraer matrimonio, emitido por las oficinas diplomáticas o consulares de su país, antes de la emisión de una licencia de matrimonio en Filipinas.

Como los funcionarios consulares estadounidenses tienen especialmente prohibido certificar que cualquier ciudadano estadounidense tiene capacidad para contraer matrimonio, el gobierno filipino ha acordado aceptar como cumplimiento sustancial de la ley filipina, una Declaración Jurada en lugar de la capacidad legal para contraer matrimonio (affidávit). La declaración jurada da fe de la ausencia de cualquier impedimento legal para contraer matrimonio y se jura ante un funcionario consular estadounidense. Por lo tanto, los ciudadanos estadounidenses que deseen contraer matrimonio en Filipinas deben comparecer personalmente ante un funcionario consular, ya sea en la Embajada de EE.UU. en Manila o en el consulado de EE.UU. en la ciudad de Cebú, y completar la Declaración Jurada relativa a su propia capacidad para contraer matrimonio. Hay una tarifa de servicio de 10 dólares, sujeta a cambios, por el servicio notarial.

En el momento en que un ciudadano estadounidense se presenta para ejecutar la Declaración Jurada, debe presentar lo siguiente:

1. Prueba de ciudadanía

Ejemplos de evidencia suficiente de ciudadanía estadounidense son:

a. registro vigente como ciudadano estadounidense en la Oficina de Pasaportes y Ciudadanía de la Embajada o en el Consulado
b. un pasaporte estadounidense
c. un certificado de nacimiento expedido en los Estados Unidos o un registro de nacimiento en el extranjero expedido por una Embajada o un Consulado de los Estados Unidos, junto con una identificación con una fotografía o una descripción física o
d. un certificado de naturalización.

2. Prueba de terminación de matrimonio(s) anterior(es)

Si el ciudadano estadounidense Si el ciudadano estadounidense ha estado casado anteriormente, debe presentarse una prueba de la terminación del matrimonio anterior, como una copia certificada de la sentencia final de divorcio o anulación, o una copia certificada del certificado de defunción del cónyuge fallecido.

3. Consentimiento o consejo de los padres

De acuerdo con la legislación filipina, la edad legal para contraer matrimonio es de 18 años. Si los contrayentes tienen entre 18 y 21 años, deben presentar el consentimiento por escrito para el matrimonio de su padre, madre o tutor legal. Si los contrayentes tienen entre 22 y 25 años de edad, deben presentar el consejo paterno por escrito, es decir, una indicación escrita de que los padres están al tanto de la intención de la pareja de contraer matrimonio.

4. Aprobación militar

Un miembro activo de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos que desee ejecutar la Declaración Jurada debe presentar una carta de aprobación del matrimonio de la autoridad militar correspondiente. El personal militar NO destinado en Filipinas también debe obtener su autorización de su respectivo oficial al mando. Se anima a los miembros militares a planificar con suficiente antelación la fecha prevista para la boda y a discutir los requisitos con la oficina de personal de su propio mando.

Procedimiento de matrimonio

El procedimiento para casarse en Filipinas es el siguiente:

1. Conseguir la Declaración Jurada en lugar del Certificado de Capacidad Legal para Contraer Matrimonio en la Oficina de Servicios Americanos de la Embajada de Estados Unidos en Manila o en el consulado de Estados Unidos en la ciudad de Cebú. Si tanto el novio como la novia son ciudadanos estadounidenses, cada uno de ellos debe obtener una declaración jurada.

2. Solicitar la licencia de matrimonio en el Registro Civil local del municipio en el que residan habitualmente la novia o el novio. Los documentos necesarios para la licencia de matrimonio son:

a. la Declaración Jurada de la novia o del novio ciudadano estadounidense
b. el certificado de defunción o la sentencia de divorcio que demuestre la terminación de cualquier matrimonio anterior de la novia y/o del novio
c. el certificado de nacimiento, bautismo o residencia del novio o la novia filipinos, y
d. el consentimiento o consejo de los padres, si alguna de las partes es menor de edad.
e. La ley filipina prescribe un período de espera de diez días desde la presentación de la solicitud hasta la expedición de la licencia de matrimonio. La licencia es válida durante 120 días y puede utilizarse en cualquier lugar de Filipinas.
f. Presentar la licencia a una persona autorizada para celebrar ceremonias matrimoniales, como un juez, un juez de paz, un sacerdote o un ministro religioso.

3. Modificación del pasaporte: una ciudadana estadounidense puede modificar su pasaporte para indicar su nombre de casada. Debe llevar su pasaporte y una copia certificada del contrato de matrimonio a la Oficina de Pasaportes de la Embajada de Estados Unidos en Manila o al Consulado de Estados Unidos en Cebú. Esta modificación no es obligatoria y no hay que pagar por este servicio.

Ingreso del cónyuge extranjero en los Estados Unidos

El matrimonio de un extranjero con un ciudadano estadounidense no confiere automáticamente la ciudadanía estadounidense al cónyuge extranjero. Debe ser solicitado por el cónyuge ciudadano estadounidense como inmigrante a los Estados Unidos. Un cónyuge extranjero casi nunca puede optar a una vista de visitante no inmigrante en Estados Unidos. En casi todos los casos, la existencia de la relación matrimonial entre el ciudadano estadounidense y el extranjero convierte al cónyuge extranjero en un inmigrante con intención de entrar en los Estados Unidos y, por definición, no puede optar a un visado temporal.

El procedimiento para obtener un visado de inmigrante para un cónyuge extranjero es el siguiente:

1. Presentar la petición de visado de inmigrante: El Formulario de Petición I-130 para una visa de inmigrante para un cónyuge extranjero debe ser presentado en la oficina del INS más cercana al lugar de residencia del Peticionario. Sólo un ciudadano estadounidense que sea también residente en Filipinas puede presentar la petición en la oficina del INS en la sala 1036 de la Embajada de Estados Unidos en Manila. Todos los demás DEBEN presentar la petición en la oficina del INS en los Estados Unidos más cercana a su residencia.

Cuando se presente la petición, se deben presentar los siguientes documentos:

a. una copia certificada del certificado de matrimonio
b. una prueba de ciudadanía estadounidense
c. una copia certificada de la prueba de terminación de cualquier matrimonio(s) anterior(es) de cualquiera de los cónyuges, si corresponde, y
d. 75.00 dólares o su equivalente en pesos, para cubrir la tasa reglamentaria de presentación de la petición.

2. Obtener la visa de inmigrante: Cuando la petición aprobada sea recibida por la Subdivisión de Visados de Inmigrantes de la Sección Consular de la Embajada de Estados Unidos en Manila, ésta notificará al cónyuge extranjero y le orientará sobre los pasos posteriores que debe realizar para obtener el visado. El solicitante debe obtener un pasaporte, un certificado de nacimiento, un certificado de matrimonio, un certificado policial, una declaración jurada de apoyo, fotografías y un examen médico según las especificaciones proporcionadas en las instrucciones. El visado es válido durante cuatro meses a partir de la fecha de emisión.

Puede tardar entre dos y cuatro meses desde la fecha de aprobación de la petición por el INS hasta la fecha de emisión del visado de inmigrante. Si se requiere una investigación de campo, el período de tiempo puede ser aún más largo. Por lo tanto, un ciudadano estadounidense no debe planear llevar al cónyuge extranjero a Estados Unidos inmediatamente después del matrimonio. El cónyuge ciudadano estadounidense no residente debe estar preparado para dejar atrás al cónyuge extranjero para completar la documentación requerida.

Debido al tiempo que conlleva la tramitación de la petición y la solicitud de un visado de inmigrante, se aconseja a las personas que viven en Filipinas por asignación, ya sea gubernamental o privada, que inicien la documentación requerida para los visados de sus cónyuges y/o hijastros con la mayor antelación posible a la fecha prevista de rotación.

Nota: El cónyuge ciudadano estadounidense debe presentar una petición de visado por separado para cada hijo del cónyuge extranjero menor de 18 años en el momento del matrimonio que desee inmigrar a los Estados Unidos. Los hijos mayores de 18 años en el momento del matrimonio deben ser solicitados por el cónyuge extranjero después de que éste se convierta en residente legal permanente en Estados Unidos. Bajo la ley de inmigración de Estados Unidos, sólo los hijos de los padrastros menores de 18 años en el momento del matrimonio de su padre natural con un ciudadano estadounidense son considerados «hijos» del ciudadano estadounidense a efectos de inmigración.

Visa de Prometido

Es posible presentar una petición para que un extranjero entre en Estados Unidos como prometido de un ciudadano estadounidense. El procedimiento es similar al de la presentación de una petición y la obtención de un visado de inmigrante para un cónyuge extranjero, aunque las peticiones de prometido deben presentarse en la oficina del INS dentro de los EE.UU. más cercana a la residencia del peticionario. Se pedirá al solicitante que presente pruebas de su ciudadanía estadounidense y pruebas de que ha conocido al prometido en persona en los últimos dos (2) años. También se le puede pedir que presente pruebas de la buena fe de la relación con el prometido.

Una vez aprobada, la petición se remitirá a la Oficina de Visados de Inmigrantes de la Embajada de Estados Unidos en Manila. Posteriormente, la Embajada proporcionará al prometido filipino instrucciones sobre cómo proceder con su solicitud de visado de prometido. Una vez más, el período de tiempo desde la fecha en que la petición es aprobada por el INS hasta la fecha en que se emite el visado es de aproximadamente dos a cuatro meses y puede ser más largo si se requiere una investigación de campo.

El visado de prometido concede al prometido seis meses desde el momento de la emisión para entrar en los EE.UU. A la entrada, el prometido tiene noventa días para casarse con el peticionario. Una vez celebrado el matrimonio, el cónyuge extranjero puede solicitar el cambio de estatus a residente legal permanente en la oficina del INS más cercana a su lugar de residencia.

Nota: La ley de inmigración estadounidense relativa a los hijos de un prometido extranjero no es la misma que la relativa a los hijos del cónyuge extranjero. El ciudadano estadounidense prometido NO tiene que presentar una petición separada para cada uno de los hijos solteros del prometido extranjero menores de 21 años en el momento en que el prometido extranjero entra en los EE.UU. El ciudadano estadounidense sólo tiene que indicar los nombres y la fecha de nacimiento de los hijos en el bloque correspondiente de la petición para el prometido extranjero. Los hijos se incluirán automáticamente en la petición. Los hijos solteros mayores de 21 años pueden ser solicitados por separado por el prometido extranjero después de que éste haya ajustado su estatus en EE.UU. al de residente legal permanente.